La jurisdicción penal es improrrogable, es decir, las partes no pueden someter el conocimiento y decisión de un asunto a otra autoridad que no sea la señalada en la Ley. La Constitución establece los principios reguladores de la actividad jurisdiccional y en ella se sienta la unidad del Poder Judicial https://juzgadosen.com/provincia-de-salamanca/juzgado-de-primera-instancia-2-en-salamanca